Morelia, Mich., 5 de julio de 2023. “Todos nuestros procesos y trabajos parten del cumplimiento a la norma, y buscan que el Tribunal funcione con eficiencia, eficacia y objetividad para cumplir con la premisa mayor: Que las y los michoacanos tengan acceso a la justicia”, indicó hoy el magistrado Hugo Gama Coria.
Esto, durante una sesión ordinaria del Pleno del Tribunal de Justicia Administrativa de Michoacán, (TJAM) en la cual dicho órgano colegiado resolvió en forma unánime un total de ocho asuntos de carácter jurisdiccional; así como asuntos generales, entre los que se encuentra uno sobre el cumplimiento de los objetivos que persigue el servicio Civil de Carrera.
A pocos meses de su implementación, el “Servicio Civil de Carrera tiene como fin inmediato la proyección y permanencia del personal que labora en el TJAM, con base en procesos objetivos de capacitación y evaluación permanente. No persigue más interés que el de garantizar el acceso a la justicia administrativa en nuestra entidad”, puntualizó el magistrado presidente.
Vale decir que dicho Servicio forma parte de un esfuerzo mayor por fortalecer la normativa y los procesos internos de este órgano de justicia, mismo que se ha emprendido en años recientes y que ha dado pie a la expedición de más de una docena de códigos y reglamentos para su funcionamiento, además de propiciar la creación de nuevas áreas, como la Coordinación de Visitaduría, que vigila el cumplimiento de las disposiciones de ley a que se atiene el Tribunal de Justicia Administrativa.
Esta sesión jurisdiccional fue la XIII de carácter ordinario en lo que va del año 2023, y estuvo a cargo del Pleno presidido por el magistrado Gama Coria, e integrado también por la magistrada y magistrados Lizett Puebla Solórzano, J. Jesús Sierra Arias, Santiago Manzo Chávez y Sergio Alberto Martínez Ocampo, estos dos últimos, magistrados por Ministerio de Ley.
Así, el Pleno resolvió una excitativa de justicia, dos recursos de queja, y cinco recursos de apelación, todos en forma unánime. En algunos de los casos se confirmaron sentencias anteriores, y en otros se declararon como asuntos improcedentes; en otro caso, se resolvió como una queja fundada y se acordó dar continuidad, y énfasis, a la ejecución de la sentencia dictada, con la previsión de emitir medios de apremio en caso de que ésta no se cumpla.