Morelia, Mich., 18 de junio de 2020.- Con el objetivo de reconocer la facultad jurisdiccional de los jueces en materia administrativa, sujetando esto, con los principios de igualdad, publicidad audiencia y legalidad, la iniciativa presentada por la diputada Lucila Martínez Manríquez fue dictaminada por la Comisión de Puntos Constitucionales, dando el ha lugar a la propuesta.
Este viernes en la sesión se dará lectura al dictamen por el cual se da el ha lugar para admitir al estudio y análisis de la propuesta, que será turnada por el Pleno a las comisiones dictaminadoras.
La Comisión de Puntos Constitucionales hace referencia sobre la iniciativa de Lucila Martínez, sobre que el Congreso tiene la obligación de organizar y dar funcionamiento a todo el sistema de justicia dentro del Estado, por lo cual, es imperante reconocer la figura del jueces administrativo dentro del marco constitucional, con la finalidad de dar una certeza en la aplicación e interpretación de la norma por parte de este servidor público, así como también dotar de una certidumbre al cargo mismo dentro de la normativa vigente.
En ese contexto, la iniciativa se encuentra dentro de los límites fijados por la Constitución del Estado, toda vez que no contraviene con las facultades que tiene el Congreso de la Unión; señalando que no reviste ningún tipo de inconstitucionalidad en el ámbito local, toda vez que es una potestad de este Poder de legislar en esta materia.
La propuesta de la legisladora tiene como objeto darles asidero constitucional a los jueces administrativos y fortalecer sus facultades, por lo que planteó hace unos meses reformar la Constitución Política del Estado, el cual establece que el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, será órgano autónomo, independiente en sus resoluciones y de jurisdicción plena en materia administrativa con sujeción a los principios de igualdad, publicidad, audiencia y legalidad. Se integrará por cinco magistrados, de entre los cuales uno será su presidente electo por sus pares, en los términos que disponga la ley, y se agrega, así como por los Jueces Administrativos que designe el Pleno.
En el año 2007 se creó el Tribunal de Justicia Administrativa como un órgano autónomo de control de legalidad, dotado de plena competencia y jurisdicción para dirimir las controversias de carácter administrativo y fiscal que se susciten entre las autoridades administrativas y fiscales y los particulares.
Recordó que la pasada legislatura reformó diversas disposiciones del Código de Justicia Administrativa del Estado, con el propósito de crear la figura de los Jueces Administrativos del Tribunal, quienes tienen la atribución de dirimir controversias administrativas en primera instancia, y la creación de la segunda instancia, a través del recurso de apelación, con la finalidad de que los particulares puedan recurrir las sentencias, en los casos en que convenga a su interés.
Sin embargo, no se realizó la reforma al artículo 95 de la Constitución Local, para dotar de asidero constitucional a los jueces administrativos, y para subsanar el vacío existente es que se promovió la propuesta, la cual confía pueda ser dictaminada este mismo año en las comisiones a la que sea turnada este viernes por el Pleno de la LXXIV Legislatura Local.