Morelia, Mich., 30 de noviembre de 2022. Producto del acompañamiento profesional y eficiente en los procesos de conciliación en sede judicial, se logró la celebración de los dos primeros convenios entre la parte empleadora y trabajadora, en los dos juzgados laborales de la región Morelia del Poder Judicial de Michoacán.
Uno de ellos se concretó en el Juzgado Primero, derivado del asunto 1/2022, respecto a un despido injustificado; el otro, en el Juzgado Segundo, en relación a un proceso ordinario asentado en el expediente 4/2022 por reinstalación laboral.
Los asuntos -con base en los supuestos señalados en el artículo 685 ter de la Ley Federal del Trabajo- fueron exceptuados de agotarse en el Centro de Conciliación Laboral de la entidad, ya que no necesitaron el certificado de no conciliación y, en consecuencia, se presentaron directamente a la Oficialía de Partes de los órganos jurisdiccionales.
En ambos procesos, igual de importante fue la labor desempeñada por el juez y la jueza, quienes realizaron un esfuerzo adicional a la responsabilidad jurisdiccional para ponderar el acuerdo entre las partes.
En dicho contexto, es relevante recordar que al ser la conciliación uno de los ejes rectores del nuevo modelo de justicia del trabajo, el Pleno del Consejo de la judicatura local determinó incluir en la plantilla de personal de los juzgados, a conciliadores y conciliadoras especializados para acompañar a las partes durante todas las etapas del procedimiento, incluyendo la ejecución de sentencia; dicha acción coloca a Michoacán como el único estado del país que incluye a esta figura.
De esta manera, se abona a la cultura de la paz, se garantiza el derecho humano de acceso a la justicia mediante el uso de mecanismos alternativos de solución de conflictos para que los mismos ciudadanos involucrados en un problema jurídico establezcan los términos de los acuerdos.
El Poder Judicial de Michoacán materializa el principio de celeridad para la resolución de controversias de corte laboral.
La ubicación de los juzgados laborales se puede consultar en: https://bit.ly/3gF61Up